S1.561 LOTE 1 - NAVE INDUSTRIAL DE 739,50 m² (F.R. 10.857)

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Empezada
Ubicación
SANTA CRUZ DE MUDELA, Ciudad Real
Puja máxima
-
La subasta cierra en
Valoración
96.695,09 €
Tipo mínimo
48.347,55 €
Depósito de garantía
4.834,75 €
Descripción
Nave Industrial en Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real)
Superficie: 739,50 m² · Ubicación: Calle Juan Domingo nº 2, 13730 – Santa Cruz de Mudela
Se ofrece en subasta una nave industrial con una superficie total de 739,50 m², situada en la Calle Juan Domingo nº 2, en el municipio de Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real). Se trata de un inmueble amplio, versátil y con múltiples posibilidades de aprovechamiento para actividades industriales, logísticas o de almacenamiento.

Características del inmueble
  • Superficie construida: 739,50 m²
  • Espacio diáfano, adecuado para diferentes configuraciones de trabajo
  • Altura y estructura aptas para maquinaria, estanterías industriales o líneas de producción
  • Accesos amplios que facilitan la entrada de vehículos y mercancías
  • Dependencias auxiliares que pueden destinarse a oficina, almacén o zona técnica
  • Ubicada en un entorno con actividad industrial consolidada

Ubicación
La nave se encuentra situada en la Calle Juan Domingo nº 2, dentro del núcleo urbano de Santa Cruz de Mudela, un municipio bien comunicado y con tradición industrial y logística dentro de la provincia de Ciudad Real. Su ubicación ofrece un equilibrio ideal entre accesibilidad, tranquilidad y proximidad a servicios esenciales.

Conexiones y accesos
El municipio está estratégicamente situado junto a la Autovía A?4 (Madrid–Cádiz), uno de los principales ejes de transporte del país, lo que facilita el movimiento de mercancías y la conexión con grandes ciudades.
A menos de una hora se encuentran Valdepeñas, Manzanares y Linares, polos industriales de referencia en la zona.
La nave dispone de acceso directo por calles amplias, aptas para vehículos industriales y operaciones de carga y descarga.

Entorno urbano e industrial
La zona combina usos industriales y residenciales, lo que favorece la actividad económica sin renunciar a un entorno tranquilo.
El municipio cuenta con servicios básicos, comercios, talleres y pequeñas empresas que conforman un tejido empresarial estable.
La nave se ubica en un área consolidada, con espacio suficiente para maniobras y circulación de vehículos.

Atractivo del entorno
Santa Cruz de Mudela es un municipio con buena calidad de vida, situado en un entorno natural característico del sur de Castilla?La Mancha.
Su localización en el corredor de la A?4 la convierte en un punto estratégico para actividades de almacenaje, distribución, logística o producción ligera.

Interés para compradores
Este inmueble es ideal para:
  • Empresas industriales o de fabricación
  • Negocios de logística, distribución o almacenamiento
  • Talleres, carpinterías, metalisterías u oficios técnicos
  • Inversores que busquen activos industriales con potencial de rentabilidad
  • Proyectos que requieran un espacio amplio y adaptable


Información adicional

URBANA: SOLAR en Santa Cruz de Mudela, CALLE JUAN DOMINGO, en el número dos.

Con una superficie de setecientos treinta y nueve metros, cincuenta decímetros cuadrados.

Linda: Frente, calle de Juan Domingo; Derecha, calle Menor; Izquierda, L.Laguna V.; Fondo, finca de J. Ramírez.


Nota informativa:
Accediendo como usuario registrado en la web de Viasubasta podrá consultar documentación adicional sobre cada subasta, incluyendo documentación relativa al concurso

Referencia catastral
9675304VH5797N0001BF
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE VALDEPEÑAS
Nº finca
Nº 10.857
Porcentaje de propiedad
100 %
Datos del expediente
Expediente: Talleres Nuño, SL
Nº expediente: Concurso Necesario, Ordinario 12/2024
Entidad: Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Ciudad Real
Condiciones
1. La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad del concursado Talleres Nuño S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.

La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en las Reglas Especiales y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.


a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Lunes, 23 de febrero de 2026, a las 11:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Miércoles, 25 de marzo de 2026, a las 11:00 horas.


3. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA  (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

4. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de TRES (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

5. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

6. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo de las Reglas Especiales se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismos. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

De este modo, habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto los elementos del activo se transmitirán como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

7. La subasta extrajudicial se establece CON SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO, es decir, se establece importe mínimo de partida en la subasta del 50% de la valoración,: CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (48.347,55 €)

8. Las sobrepujas deberán ser por un importe mínimo respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de puja de MIL EUROS (1.000,00 €).

9. Para participar en las subastas se exigirá la prestación de una garantía o depósito del 5% de la valoración de cada lote que se aplicará al precio final, de acuerdo con la siguiente tabla:

LOTE VALORACIÓN DEPÓSITO
LOTE 1 - NAVE INDUSTRIAL EN SANTA CRUZ DE MUDELA (CIUDAD REAL) (F.R. 10.857) 96.695,09 € 4.834,75 €
La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta TALLERES NUÑO LOTE 1.

No se validará a ningún postor cuyo depósito no esté en la cuenta de consignaciones. Para el caso de que algún postor se registre el último día, se deberá realizar una transferencia de forma inmediata.

El acreedor con privilegio especial no deberá consignar cantidad alguna en los casos en los que decida participar en la subasta de los bienes y se exija dicha caución

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta.

10. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

11. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días conllevando la pérdida del depósito del mejor postor.

La Administración Concursal, podrá exigir las responsabilidades que procedan por el incumplimiento del antedicho mejor postor. Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario del bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

13. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

14. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por entender que el resultado de esta fuere contrario al interés del concurso, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso.

15. Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

El adjudicatario del vehículo tendrá que asumir el coste de 80,00€ en concepto de honorarios por la gestión de notificación de venta y cambio de titularidad del vehículo. A parte de esta cantidad se deberán abonar las tasas correspondientes de tráfico, así como las deudas existentes a la fecha de transmisión.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.

16. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

17. El plazo para la retirada de los vehículos y bienes muebles no podrá ser superior a 15 días desde la fecha de aprobación de remate por la Administración Concursal.

18. Se hace constar que, en el momento de la retirada, todos los vehículos objeto de subasta deberán ser trasladados mediante la contratación de una empresa de transporte, o por cualquier otro medio adecuado, dado que no puede garantizarse su operatividad o capacidad de puesta en marcha. Los gastos derivados de la retirada y transporte de los vehículos serán íntegramente asumidos por el adjudicatario.

19. En relación con los activos que integran los lotes, se informa de que el inventario publicado tiene carácter meramente orientativo y no constituye el inventario definitivo. Por tanto, será determinante la inspección y el recuento realizados por cada interesado, los cuales prevalecerán sobre la información inicialmente publicada.

Gastos, impuestos y cargas
Deudas de IBI (a fecha 09 de enero de 2026): 2.098,44 €
- Ejercicio 2025: 659,95 €
- Ejercicio 2024: 628,52 €
- Ejercicio 2023: 809,97 €

Impuestos. - En todo caso, las adjudicaciones o adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables, teniendo en cuenta, cuando proceda, que la repercusión del IVA se adaptará a la forma que determina la Ley 77/2012, de 29 de octubre, que decreta la inversión del sujeto pasivo.

Gastos. – El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, como notaría, Registro de la Propiedad, Registro Bienes Muebles, etc. Igualmente, el comprador asumirá las cuotas pendientes de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, así como las que sean por cuenta legalmente del vendedor como el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

El comprador asumirá todos los gastos, tasas e impuestos que origine la transmisión y levantamiento de las cargas de los bienes adjudicados, así como de la retirada de estos, transporte, puesta a punto, seguros, gastos del cambio de titularidad, impuesto como IVTM, etc. correrán a cargo de la parte compradora.

El adjudicatario del vehículo tendrá que asumir el coste de 80,00€ en concepto de honorarios por la gestión de notificación de venta y cambio de titularidad del vehículo. A parte de esta cantidad se deberán abonar las tasas correspondientes de tráfico, así como las deudas existentes a la fecha de transmisión.

Honorarios.– Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, sea o no éste el acreedor con privilegio especial, en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o en el acto de presentación de la factura de venta de los lotes adjudicados, no pudiendo la entidad especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal. Los honorarios de la entidad especializada no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte.


Documentos
9675304VH5797N.pdf
Ficha catastral 9675304VH5797N0001BF.pdf
Informe localización FR10857.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
Calle Juan Domingo, 2
Población
Santa Cruz de Mudela
Provincia
Ciudad Real